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Visado de residencia no lucrativa

Necesitas un seguro de salud privado, sin copagos ni carencias, válido todo el primer año. Entre 60 y 64 años cuesta unos 1.600 a 2.500 € al año.

Pareja mayor caminando con sus maletas por una calle empedrada

Qué dice la norma

El Reglamento de extranjería exige contar con un seguro de enfermedad para la autorización inicial (Real Decreto 1155/2024, art. 61.2.b), que dura un año (art. 61.4), y haberlo mantenido para renovarla (art. 64.2.c). Los consulados piden además que sea sin copagos y sin carencias.

Lo que revisa el consulado en tu seguro

  • Aseguradora autorizada en EspañaLa entidad debe estar autorizada para operar en España. Un seguro internacional de otro país no sirve.
  • Sin copagosNo pagas nada extra cada vez que vas al médico. Varios consulados rechazan pólizas con copago.
  • Sin carenciasCubre desde el primer día, sin periodos de espera para hospitalización, cirugía o pruebas.
  • Con cuadro médico, sin reembolsoTe atienden en la red de médicos y hospitales de la aseguradora sin adelantar dinero. Bogotá rechaza los seguros de reembolso.
  • Vigencia de toda la estanciaNormalmente un año desde tu llegada. Algunos consulados piden la prima del año pagada por adelantado.
  • Certificado de la aseguradoraFirmado y sellado por la aseguradora, con tu nombre y pasaporte, las fechas y todo lo anterior. Bogotá no acepta certificados de intermediarios.

¿Cuánto te costaría el seguro a ti?

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Requisitos principales

  • No trabajar en España, ni en remoto, durante la autorización.
  • Demostrar medios económicos suficientes para ti y tu familia.
  • Seguro médico privado sin copagos ni carencias, con aseguradora autorizada en España.
  • No tener antecedentes penales en los últimos 5 años.
  • Certificado médico.

Cuánto dinero tienes que demostrar

400 % del IPREM para el titular (2.400 € al mes), 100 % por el primer familiar y 100 % por cada familiar más (Real Decreto 1155/2024, art. 62.1). Se calcula por el año de la autorización: 28.800 € para el titular. Los consulados piden extractos de 12 meses y el origen lícito de los fondos.

Orientativo. Confirma el indicador vigente con tu consulado.
Quién viajaMínimo al mes
Solo tú2.400 €
Tú y tu pareja3.000 €
Pareja y un hijo3.600 €

Documentos típicos

  1. Formulario de solicitud de visado nacional y formulario EX-01, firmados.
  2. Fotografía reciente en color con fondo blanco.
  3. Pasaporte con al menos un año de validez y dos páginas en blanco.
  4. Prueba de medios económicos: extractos bancarios de 12 meses, certificados de pensión o de rentas.
  5. Certificado del seguro médico emitido por una aseguradora autorizada en España.
  6. Certificado de antecedentes penales de los países donde viviste en los últimos 5 años, apostillado.
  7. Certificado médico según el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.
  8. Prueba de que vives en la demarcación del consulado.
  9. Justificante del pago de la tasa (modelo 790-052).

Abrir el checklist para marcar, imprimir o enviar

Plazos orientativos

Son dos plazos legales de un mes: la Oficina de Extranjería resuelve la autorización y después el consulado emite el visado (Real Decreto 1155/2024, arts. 63.4 y 39.5). En la práctica, el consulado de Bogotá publica de 2 a 5 meses en total.

Lo que tienes que saber

  • Lo presentas junto con los medios económicos: el 400 % del IPREM al mes para el titular y el 100 % por cada familiar (art. 62.1).
  • Cada familiar que viaje contigo necesita su propia cobertura en la póliza.
  • Para renovar tienes que demostrar que mantuviste el seguro todo el periodo (art. 64.2.c).

Errores que retrasan el visado

  • Presentar un seguro de viaje: no sirve para la residencia.
  • Contratar una póliza con copago o de reembolso para que salga más barata.
  • Contratar a última hora: el certificado tarda unos días y el consulado lo exige con la solicitud.

Cuándo conviene un abogado

Si tus ingresos están justo en el límite, si tienes fondos en varios países o si estás en edad de trabajar, conviene que un abogado revise cómo presentarlo. Varios consulados piden una declaración notarial de que no trabajarás, ni en remoto.

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Preguntas frecuentes

¿Puedo pagar el seguro mes a mes?

Depende del consulado. Algunos aceptan pago mensual y otros piden la prima del año pagada por adelantado. Confírmalo antes de contratar; te preparamos el certificado según lo que pida el tuyo.

¿Qué pasa si tengo una enfermedad previa?

La aseguradora te pedirá un cuestionario de salud. Algunas enfermedades previas pueden quedar excluidas. Dilo desde el principio: ocultarlo puede anular la póliza. Lo explicamos en preexistencias y visado.

¿Sirve el mismo seguro para renovar?

Sí, siempre que lo mantengas sin interrupciones. La renovación exige haber tenido seguro durante toda la autorización y seguir teniéndolo (art. 64.2.c).