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Requisitos del seguro médico para el visado

El consulado revisa seis cosas: que la aseguradora esté autorizada en España, que la póliza sea sin copagos y sin carencias, que tenga cuadro médico y no sea de reembolso, que dure toda la estancia y que el certificado lo emita la aseguradora.

Pareja mayor revisando papeles y el móvil en casa
  • Aseguradora autorizada en EspañaLa entidad debe estar autorizada para operar en España. Un seguro internacional de otro país no sirve.
  • Sin copagosNo pagas nada extra cada vez que vas al médico. Varios consulados rechazan pólizas con copago.
  • Sin carenciasCubre desde el primer día, sin periodos de espera para hospitalización, cirugía o pruebas.
  • Con cuadro médico, sin reembolsoTe atienden en la red de médicos y hospitales de la aseguradora sin adelantar dinero. Bogotá rechaza los seguros de reembolso.
  • Vigencia de toda la estanciaNormalmente un año desde tu llegada. Algunos consulados piden la prima del año pagada por adelantado.
  • Certificado de la aseguradoraFirmado y sellado por la aseguradora, con tu nombre y pasaporte, las fechas y todo lo anterior. Bogotá no acepta certificados de intermediarios.

Errores que hacen rechazar el seguro

  • Presentar un seguro de viaje para un visado de residencia.
  • Una póliza con copagos, carencias o de reembolso.
  • Una aseguradora de tu país sin autorización en España.
  • Una vigencia más corta que la estancia.
  • Un certificado de un intermediario y no de la aseguradora (Bogotá lo rechaza).

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Preguntas frecuentes

¿Qué seguro médico piden para vivir en España?

Un seguro de salud de una aseguradora autorizada en España, sin copagos ni carencias y válido toda la estancia. Lo piden casi todos los visados para vivir en España.

¿Sirve un seguro de viaje para la residencia?

No. Sirve para viajes cortos. Lima y Buenos Aires lo rechazan por escrito. Te lo explicamos aquí.