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Qué pide cada consulado del seguro médico

El reglamento pide un seguro con aseguradora autorizada en España. Los consulados añaden sus reglas: varios lo quieren sin copagos ni carencias, Bogotá también sin reembolsos y con certificado emitido por la aseguradora, y Lima y Buenos Aires excluyen los seguros de viaje.

Fichas oficiales consultadas el 16 de octubre de 2026.
PaísConsuladosLo que dice del seguro
MéxicoCiudad de México, Monterrey, GuadalajaraPara la residencia no lucrativa, los consulados de México piden un seguro con una aseguradora autorizada en España que cubra todos los riesgos del sistema público de salud. Para estudios, Ciudad de México lo pide expresamente sin copagos ni carencias, desde un mes antes del inicio del curso hasta 15 días después de terminar.
ColombiaBogotáBogotá lo exige por escrito: seguro sin limitación, sin reembolsos, sin carencias, sin franquicias y sin copago, con una aseguradora autorizada en España. No admite seguros de viaje ni bancarios, ni propuestas o certificados de intermediarios: el certificado debe emitirlo la aseguradora. Debe cubrir 12 meses desde el viaje y no valen pólizas de renovación automática. Para estudios, el certificado debe llevar firma digital y código de verificación.
ArgentinaBuenos Aires, Córdoba, Mendoza, Rosario, Bahía BlancaBuenos Aires y Mendoza piden para la no lucrativa un seguro que cubra el 100 % de los gastos médicos, sin copagos y sin carencias, con una aseguradora autorizada en España. Para estudios, Buenos Aires lo pide sin copagos ni carencias y no acepta seguros de viajero ni de tarjeta de crédito.
VenezuelaCaracasLa ficha de Caracas pide un seguro con una aseguradora autorizada en España que cubra todos los riesgos del sistema público de salud, "abonado en su totalidad, con cobertura ilimitada". No admite seguros con pagos fraccionados, ni contra reembolso, ni con copago (deducible). La ficha no dice nada expreso de carencias, de seguros de viaje ni de certificados emitidos por intermediarios; lo prudente es contratar uno sin carencias y pedir el certificado a la propia aseguradora.
PerúLimaLima es de los consulados más estrictos. Para la no lucrativa, la ficha dice literalmente: "Debe tratarse de un seguro de salud (no de viaje)". Debe cubrir todo el catálogo del Sistema Nacional de Salud (artículo 7 y siguientes de la Ley 16/2003), con una aseguradora inscrita en el registro de la DGSFP, y "no debe tener carencia, ni copago, ni límite de cobertura": el 100 % de los gastos médicos, hospitalarios y extrahospitalarios. Para estudios añade expresamente que no puede tener reembolsos. La ficha no dice nada de certificados emitidos por intermediarios.
ChileSantiagoLa ficha de la no lucrativa de Santiago solo dice lo general: un seguro público o privado con una aseguradora autorizada a operar en España que cubra todos los riesgos del sistema público de salud. No menciona copagos, carencias, reembolsos, seguros de viaje ni intermediarios. Para estudios añade que debe cubrir todo el periodo de la carta de admisión, o el primer año si los estudios duran más. Como otros consulados sí rechazan copagos y carencias, lo prudente es contratar uno completo, sin copago y sin carencias.
EcuadorQuito, GuayaquilQuito pide para la no lucrativa un seguro con aseguradora autorizada en España que cubra todos los riesgos del sistema público, "el 100% de cobertura sin límites ni copagos". Para estudios añade: "No se trata de un seguro de viaje". Guayaquil, en su ficha web, solo da el requisito general; su checklist en PDF, en cambio, describe un seguro tipo viaje (urgencias y repatriación con cobertura mínima de 30.000 euros), que no encaja con lo que exige la propia ficha. Ninguno de los dos menciona carencias, reembolsos ni intermediarios. Lo prudente en ambos es un seguro de salud completo, sin copago, sin carencias y emitido por la aseguradora.

Lo que viene del reglamento y lo que viene del consulado

  • Reglamento (obligatorio en todos): seguro de enfermedad con una aseguradora autorizada para operar en España (Real Decreto 1155/2024, arts. 35, 61, 64 y 67.3; Ley 14/2013, art. 62.3).
  • Consulados: "sin copagos ni carencias" lo piden por escrito, entre otros, São Paulo y Tegucigalpa. No está en el reglamento, pero si tu consulado lo pide, es requisito para ti.
  • Bogotá: además, sin reembolsos ni franquicias, y no acepta certificados de intermediarios: lo emite la aseguradora.

Nuestro seguro cumple las reglas más estrictas, las de Bogotá: cuadro médico sin reembolso, sin copagos ni carencias y certificado emitido por la aseguradora. Así sirve en cualquier consulado.

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