Residencia no lucrativa desde Perú
Para jubilarte o vivir de tus rentas en España desde Perú: el consulado que te toca, lo que exige del seguro médico, el dinero mínimo y los documentos.
Lo que pide el consulado en Perú del seguro
Lima es de los consulados más estrictos. Para la no lucrativa, la ficha dice literalmente: "Debe tratarse de un seguro de salud (no de viaje)". Debe cubrir todo el catálogo del Sistema Nacional de Salud (artículo 7 y siguientes de la Ley 16/2003), con una aseguradora inscrita en el registro de la DGSFP, y "no debe tener carencia, ni copago, ni límite de cobertura": el 100 % de los gastos médicos, hospitalarios y extrahospitalarios. Para estudios añade expresamente que no puede tener reembolsos. La ficha no dice nada de certificados emitidos por intermediarios.
- Aseguradora autorizada en EspañaLa entidad debe estar autorizada para operar en España. Un seguro internacional de otro país no sirve.
- Sin copagosNo pagas nada extra cada vez que vas al médico. Varios consulados rechazan pólizas con copago.
- Sin carenciasCubre desde el primer día, sin periodos de espera para hospitalización, cirugía o pruebas.
- Con cuadro médico, sin reembolsoTe atienden en la red de médicos y hospitales de la aseguradora sin adelantar dinero. Bogotá rechaza los seguros de reembolso.
- Vigencia de toda la estanciaNormalmente un año desde tu llegada. Algunos consulados piden la prima del año pagada por adelantado.
- Certificado de la aseguradoraFirmado y sellado por la aseguradora, con tu nombre y pasaporte, las fechas y todo lo anterior. Bogotá no acepta certificados de intermediarios.
Dónde se presenta
La residencia no lucrativa se presenta en la Sección de Visados del consulado (calle Los Pinos 490, San Isidro), en días laborables de 9 a 13 h y con cita. La cita se pide por correo a cog.lima.vis@maec.es, adjuntando una foto tuya sosteniendo el pasaporte abierto en la página de datos, y escribiendo en el correo el número de pasaporte, correo, teléfono, nombres y apellidos en mayúsculas. El visado de estudios se presenta en BLS International (Av. Javier Prado Este 560, oficina 2201, San Isidro), con cita en su web; desde el 1 de junio de 2026 hay que llevar impresa la carta de cita. El consulado solo reprograma citas por fuerza mayor y deben acudir todos los solicitantes.
Cuánto dinero tienes que demostrar
400 % del IPREM para el titular (2.400 € al mes), 100 % por el primer familiar y 100 % por cada familiar más (Real Decreto 1155/2024, art. 62.1). Se calcula por el año de la autorización: 28.800 € para el titular. Los consulados piden extractos de 12 meses y el origen lícito de los fondos.
| Quién viaja | Mínimo al mes | Al año |
|---|---|---|
| Solo tú | 2.400 € | 28.800 € |
| Tú y tu pareja | 3.000 € | 36.000 € |
Documentos
- Formulario de solicitud de visado nacional y formulario EX-01, firmados.
- Fotografía reciente en color con fondo blanco.
- Pasaporte con al menos un año de validez y dos páginas en blanco.
- Prueba de medios económicos: extractos bancarios de 12 meses, certificados de pensión o de rentas.
- Certificado del seguro médico emitido por una aseguradora autorizada en España.
- Certificado de antecedentes penales de los países donde viviste en los últimos 5 años, apostillado.
- Certificado médico según el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.
- Prueba de que vives en la demarcación del consulado.
- Justificante del pago de la tasa (modelo 790-052).
Lo propio de Perú
- Antecedentes penales: certificado del país o países donde viviste los últimos 5 años, de menos de 3 meses. Los documentos peruanos se apostillan en el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú.
- Certificado médico: de menos de 3 meses, legalizado en el Colegio de Médicos y apostillado. Desde el 20 de mayo de 2024 solo se acepta si lo emite una de las clínicas de la lista del consulado (entre ellas el Policlínico Peruano Español Reina Sofía y el Policlínico Peruano Japonés en Lima, y clínicas en Arequipa, Piura, Iquitos y Cuzco).
- Fondos de la no lucrativa: extractos originales de los últimos 6 meses, firmados y sellados por el banco, con saldo a 31 de diciembre y saldo medio del último año, más prueba del origen legal del dinero. No admiten cartas de bancos, fondos de inversión, cuentas a plazo, cuentas CTS ni planes de pensiones.
- Fin de la actividad laboral: documentación que pruebe que dejas de trabajar o que tu negocio lo atenderá otra persona.
- Prueba de residencia en la demarcación: DNI o carné de extranjería peruanos.
- Apostilla: en el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú.
- Traducción: no hace falta, porque están en español.
Checklist para marcar o descargar
Plazos
Son dos plazos legales de un mes: la Oficina de Extranjería resuelve la autorización y después el consulado emite el visado (Real Decreto 1155/2024, arts. 63.4 y 39.5). En la práctica, el consulado de Bogotá publica de 2 a 5 meses en total.
Precio del seguro por edad
| Edad | Precio orientativo al año por persona |
|---|---|
| Menos de 18 años | 450 € a 750 € |
| 18 a 29 años | 550 € a 800 € |
| 30 a 39 años | 650 € a 1.000 € |
| 40 a 49 años | 800 € a 1.250 € |
| 50 a 54 años | 1.100 € a 1.650 € |
| 55 a 59 años | 1.300 € a 1.950 € |
| 60 a 64 años | 1.600 € a 2.500 € |
| 65 a 69 años | 2.100 € a 3.300 € |
| 70 a 75 años | 2.800 € a 4.500 € |
| 76 años o más | A consultar |
¿Cuánto te costaría el seguro a ti?
Precio orientativo por tu edad en 1 minuto, antes de dar ningún dato.
Información general, no asesoramiento jurídico. Confirma los requisitos en la web oficial del consulado antes de pedir la cita.
Fuentes
- Reglamento de extranjería, Real Decreto 1155/2024
- Consulado General de España en Lima: demarcación
- Consulado General de España en Lima: lugar de presentación
- Consulado General de España en Lima: visado de residencia no lucrativa
- Consulado General de España en Lima: visado de estudios
- Consulado General de España en Lima: tasas consulares 2026 (PDF)
- Reglamento (UE) 2018/1806, anexos I y II
Preguntas frecuentes
¿Puedo pagar el seguro mes a mes?
Depende del consulado. Algunos aceptan pago mensual y otros piden la prima del año pagada por adelantado. Confírmalo antes de contratar; te preparamos el certificado según lo que pida el tuyo.
¿Qué pasa si tengo una enfermedad previa?
La aseguradora te pedirá un cuestionario de salud. Algunas enfermedades previas pueden quedar excluidas. Dilo desde el principio: ocultarlo puede anular la póliza. Lo explicamos en preexistencias y visado.