# Visado de reagrupación familiar

Necesitas un seguro para ti y para cada familiar que llega. Si traes a tus padres, pide precio con tiempo: sube con la edad.

*Equipo Primer Sello. Actualizado el 16 de octubre de 2026.* Fuente: https://primersello.com/visados/reagrupacion-familiar/

**En corto:**
- **Para quién:** Para reunirte con un familiar que ya vive legalmente en España, o para traer a los tuyos.
- **¿Exige seguro médico?** Sí.
- **Información general, no asesoramiento jurídico.**

## Qué dice la norma

El Reglamento de extranjería exige que quien reagrupa tenga un seguro de enfermedad para sí y para los familiares que trae (Real Decreto 1155/2024, art. 67.3). También pide recursos del 150 % del IPREM para una familia de dos y del 50 % por cada miembro más (art. 67.1).

## Lo que revisa el consulado en tu seguro

- **Aseguradora autorizada en España**: La entidad debe estar autorizada para operar en España. Un seguro internacional de otro país no sirve.
- **Sin copagos**: No pagas nada extra cada vez que vas al médico. Varios consulados rechazan pólizas con copago.
- **Sin carencias**: Cubre desde el primer día, sin periodos de espera para hospitalización, cirugía o pruebas.
- **Con cuadro médico, sin reembolso**: Te atienden en la red de médicos y hospitales de la aseguradora sin adelantar dinero. Bogotá rechaza los seguros de reembolso.
- **Vigencia de toda la estancia**: Normalmente un año desde tu llegada. Algunos consulados piden la prima del año pagada por adelantado.
- **Certificado de la aseguradora**: Firmado y sellado por la aseguradora, con tu nombre y pasaporte, las fechas y todo lo anterior. Bogotá no acepta certificados de intermediarios.

[Calcula tu precio orientativo](https://primersello.com/cotizar/?visado=reagrupacion-familiar)

## Requisitos principales

- El familiar en España pide primero la autorización en la Oficina de Extranjería.
- Debe acreditar recursos económicos y una vivienda adecuada.
- Seguro de enfermedad para quien reagrupa y para cada familiar que llega.
- Con la autorización concedida, el familiar pide el visado en su consulado.

## Documentos típicos

1. Formulario de solicitud de visado nacional, firmado.
2. Pasaporte vigente y copia de todas sus páginas.
3. Copia de la autorización de residencia por reagrupación concedida en España.
4. Documentos que prueban el parentesco (actas de matrimonio o de nacimiento), apostillados.
5. Certificado de antecedentes penales apostillado, si eres mayor de edad.
6. Certificado médico.
7. Certificado del seguro médico.
8. Justificante del pago de la tasa del visado.

[Checklist descargable](https://primersello.com/checklist/reagrupacion-familiar/)

## Plazos orientativos

La Oficina de Extranjería resuelve la autorización en 2 meses. Después, el familiar tiene 2 meses para pedir el visado y el consulado resuelve en un mes (Real Decreto 1155/2024, arts. 68.6 y 40).

## Lo que tienes que saber

- Es un requisito del reglamento que muchas familias desconocen.
- Recursos: 150 % del IPREM al mes (900 €) para quien reagrupa y un familiar, y 50 % (300 €) por cada miembro más (art. 67.1).
- El seguro debe cubrir desde la llegada del familiar.

## Errores que retrasan el visado

- Dar por hecho que el familiar quedará cubierto por la sanidad pública desde el primer día.
- Esperar a tener la cita para pedir el seguro.

## Cuándo conviene un abogado

La reagrupación tiene muchos requisitos encadenados. Si vas a reagrupar a tus padres o la vivienda es justa, es mejor llevarlo con un abogado.

[Hablar con un abogado](https://primersello.com/abogado/)

> Información general, no asesoramiento jurídico. Cada consulado puede pedir documentos adicionales: confirma la lista con el tuyo antes de pedir la cita.

## Fuentes

- [Reglamento de extranjería, Real Decreto 1155/2024](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2024-24099)

## Preguntas frecuentes

### ¿Necesito seguro si yo ya cotizo a la Seguridad Social?

Tú puedes estar cubierto por la Seguridad Social, pero el reglamento pide acreditar seguro de enfermedad para la unidad familiar. Consulta tu caso concreto; muchas familias contratan el seguro privado para el familiar que llega.

### ¿Cuánto cuesta asegurar a mis padres?

Depende de la edad: de 65 a 69 años, entre 2.100 y 3.300 € al año por persona, orientativo. Hasta 75 años podemos cotizar; desde 76 lo estudiamos caso a caso.
