# Familiar de español o de europeo: ¿necesitas seguro médico?

**Depende de quién sea tu familiar.** Si es **español**, el Reglamento de extranjería en vigor desde el 20 de mayo de 2025 regula una residencia propia (arts. 93 a 99) cuyos requisitos **no incluyen un seguro médico**. Si es **ciudadano de otro país de la Unión Europea**, se aplica el Real Decreto 240/2007: si tu familiar no trabaja en España, tiene que tener **recursos y un seguro de enfermedad que cubra todos los riesgos** para él y su familia (art. 7).

*Equipo Primer Sello. Actualizado el 20 de octubre de 2026.* Fuente: https://primersello.com/guias/familiares-de-espanoles-y-europeos/

*Información general, no asesoramiento jurídico.*

| Tu familiar es | Norma | ¿Piden seguro médico? |
|---|---|---|
| Español | Real Decreto 1155/2024, arts. 93 a 99 | No está entre los requisitos (art. 96) |
| De otro país de la UE y trabaja en España | Real Decreto 240/2007, art. 7.1.a | No por esta norma |
| De otro país de la UE y no trabaja (pensión, rentas) | Real Decreto 240/2007, art. 7.1.b | Sí: un seguro que cubra todos los riesgos en España, también para ti |
| De otro país de la UE y estudia en España | Real Decreto 240/2007, art. 7.1.c y 7.4 | Sí; solo acompañan el cónyuge o pareja y los hijos a cargo |
| Extranjero residente que te reagrupa | Real Decreto 1155/2024, art. 67.3 | Sí, para quien reagrupa y para ti |

## Si tu familiar es español

- Pueden pedirla el cónyuge, la pareja registrada o estable (12 meses de convivencia, o hijos en común), los hijos menores de 26 años o a cargo, y los ascendientes a cargo, entre otros (art. 94).
- La autorización dura **cinco años** y permite trabajar desde el primer día (art. 95).
- Los documentos son el pasaporte, la prueba del vínculo familiar y, según el caso, que estás a cargo (art. 96). El seguro médico no figura en la lista.

## Si tu familiar es de otro país de la UE

Pides la **tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión** en los tres meses siguientes a tu llegada (Real Decreto 240/2007, art. 8). Si tu familiar trabaja en España, no hace falta seguro por esta norma. Si vive de su pensión o de sus rentas, necesitáis recursos suficientes y un seguro de enfermedad que cubra todos los riesgos en España.

> Hay casos mixtos. Un español que vivió en otro país de la UE y vuelve con su familia puede quedar dentro de la norma europea. Si es tu caso, o si tienes dudas sobre cuál se te aplica, habla con un abogado de extranjería.

[Hablar con un abogado de extranjería](https://primersello.com/abogado/)

> Información general, no asesoramiento jurídico. Normas consultadas en el BOE.

## Sigue leyendo

- [Reagrupación familiar](https://primersello.com/visados/reagrupacion-familiar/)
- [Requisitos del seguro para el visado](https://primersello.com/guias/requisitos-del-seguro/)
- [Cuánto cuesta el seguro por edad](https://primersello.com/guias/precio-por-edad/)
- [Hablar con un abogado de extranjería](https://primersello.com/abogado/)

## Fuentes

- [Reglamento de extranjería, Real Decreto 1155/2024, arts. 93 a 99 (familiares de personas con nacionalidad española)](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2024-24099)
- [Real Decreto 240/2007 (ciudadanos de la UE y sus familiares), arts. 2, 7 y 8](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-4184)
- [Reglamento de extranjería, Real Decreto 1155/2024](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2024-24099)

## Preguntas frecuentes

### ¿Mi pareja de hecho cuenta como familiar de español?

Sí, si está inscrita en un registro público de un país de la UE o del Espacio Económico Europeo, o si acreditáis una relación estable con al menos 12 meses de convivencia o hijos en común (Real Decreto 1155/2024, art. 94.1.b y c).

### ¿Cuánto dura la residencia de familiar de español?

Cinco años, o el tiempo previsto de residencia del familiar español en España si es menor (Real Decreto 1155/2024, art. 95.3).
